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Es una realidad: los servicios públicos de telecomunicaciones son un servicio de utilidad pública.

Foto del escritor: Devis Granados & AbogadosDevis Granados & Abogados

17 de agosto de 2024

Se ha promulgado la ley 2416 de 2024 que tiene por objeto declarar la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones como servicio de utilidad pública e interés social, en busca de facilitar el estudio, tendido, construcción y operación de redes y así avanzar en la mejora de la calidad del servicio y la ampliación de la cobertura a territorios que no tienen acceso. Se reitera en la ley, que el acceso a Internet es un servicio público esencial y en ese sentido los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones no podrán suspender las labores de instalación, mantenimiento y adecuación de las redes requeridas para la operación de este servicio público esencial, y garantizarán la continua provisión del servicio.

Lo anterior, sin perjuicio del cumplimiento de los deberes y obligaciones a cargo de los suscriptores y usuarios del servicio, conforme a la regulación de la Comisión de Regulación de Comunicaciones.

Por último se establece un procedimiento para declarar la servidumbre legal sobre los predios que se requieran para el paso de las redes de comunicaciones.

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